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En mi zona, la oficina del condado espera PnB en relación con el mástil del edificio, ¿es así?

Hay muchos indicios de que no es así. Está en circulación legal la sentencia II SA/Gd 329/14 emitida por el Tribunal Administrativo Provincial de Gdańsk.

En la justificación de la sentencia de apelación en este caso (es decir, un permiso de construcción en el contexto de un mástil en un edificio), el Tribunal citó el contenido del art. 29 sección 2 punto 15 de la Ley de la Construcción, así como el art. 30 sección 2, 6 y 7 de esta Ley. Según estas disposiciones, no se requiere un permiso de construcción para realizar trabajos de construcción que impliquen la instalación de dispositivos, incluidas estructuras de soporte de antenas e instalaciones de radiocomunicaciones, en edificios. La realización de este tipo de trabajos deberá ser reportada a la autoridad competente. La notificación deberá especificar el tipo, alcance y método de ejecución de las obras de construcción, así como la fecha de su inicio. La declaración deberá ir acompañada de la declaración a que se refiere el art. 32 sección 4 punto 2, y, según las necesidades, croquis o dibujos oportunos, así como los permisos, disposiciones y dictámenes exigidos por normativa aparte. La notificación deberá presentarse antes del inicio previsto de las obras de construcción. Las obras de construcción podrán comenzar si la autoridad competente no presenta objeción mediante decisión dentro de los 30 días siguientes a la fecha de entrega de la notificación y a más tardar dos años después de la fecha de inicio especificada en la notificación. La autoridad competente plantea una objeción, en particular si: la solicitud se refiere a la construcción o a la ejecución de obras sujetas a la obligación de obtener un permiso de construcción. Además, la autoridad estableció el reglamento del Ministro de Infraestructura de 26 de octubre de 2005 sobre las condiciones técnicas que deben cumplir los edificios de telecomunicaciones y su ubicación (Gaceta Oficial No. 219, artículo 1864, según enmendada). Refiriéndose a la situación jurídica de las normas antes mencionadas, la autoridad afirmó que la notificación cubre, por ejemplo, la intención del inversionista de realizar trabajos de construcción consistentes en la construcción de una estructura de soporte de antena con una base que se fija a la estructura del edificio existente y vientos. así como las antenas montadas en él junto con las instalaciones de radiocomunicaciones, lo que constituye un dispositivo en el sentido del art. 29 sección 2 punto 15 de la Ley de la Ley de la Construcción.

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